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Acreditación FEAPA

PROCESO DE ACREDITACIÓN

Para que las/os arteterapeutas obtengan la acreditación de FEAPA deben cumplir los criterios mínimos comunes a las acreditaciones establecidos en el Título V De los criterios suficientes para la acreditación de Arteterapeutas, de sus Asociaciones y de los programas de formación, de los estatutos de la FEAPA, que se detallan a continuación y ser admitidas/os como socias/os profesionales por alguna de las asociaciones miembros de la FEAPA, ya que son estas asociaciones quienes verifican este cumplimiento y tramitan la acreditación ante la FEAPA.

La acreditación del Arteterapeuta es el pleno reconocimiento de su capacidad para ejercer profesionalmente como tal, tanto en el ámbito de las instituciones públicas como privadas, o en el ejercicio liberal de su profesión.

Logo FeapaSegún el Artículo 19. De las clases de acreditación.
Punto 2. Acreditación de profesionales.

 

Para la acreditación de Arteterapeutas la FEAPA propone los siguientes criterios mínimos:

 

1. Estar en posesión de un título de formación de Postgrado con carácter profesionalizador de Máster en Arteterapia, que reúna las condiciones establecidas por la Federación en contenido curricular y número de créditos (mínimo de 90 créditos ECTS o equivalente en créditos universitarios), en concordancia con las directrices elaboradas por las entidades afines dentro del marco de la Unión Europea y/o internacional.

2. Para acceder a la formación de un Postgrado con carácter profesionalizador de Máster en Arteterapia, se debe estar en posesión de un título universitario de diplomatura, licenciatura o grado.

3. Acreditar un mínimo de dos años de ejercicio profesional como arteterapeuta, debidamente supervisada. En cuanto a la experiencia, dado que la arteterapia aún está en desarrollo como profesión, se valora la circunstancia de que los arteterapeutas a menudo trabajan a tiempo parcial. Por lo tanto, se valorará la práctica continuada del profesional y la presentación de certificados compulsados de intervenciones por un total de 120 sesiones como mínimo y 20 horas de supervisión, tanto en el ámbito público como privado así como en el ámbito sanitario, educativo o comunitario. Dicha práctica puede realizarse con clientes de forma individual o  en grupo.

4. Para avalar la práctica privada, se podrá presentar una declaración jurada por parte del socio solicitante de acreditación.

5. La supervisión de la práctica profesional habrá de realizarse con arteterapeutas y psicoterapeutas expertos y pertenecientes a asociaciones debidamente acreditadas. La FEAPA podrá elaborar unos criterios mínimos que deberán reunir los supervisores.

Requisitos para la acreditación de socios/as AFIA

1. Solicitud para la acreditación (modelo más abajo), debidamente firmada y dirigida a la Junta de AFIA vía correo a info@afia.es.

2. Título compulsado de linceciatura, diplomatura o grado.

3. Título de Máster en Arteterapia.

4. Certificación original que acredite al menos dos años de ejercicio profesional como arteterapeuta: enviar certificado de las instituciones y centros o en casos puntuales, declaración jurada de la práctica privada como arteterapeuta (modelo más abajo). 

5. Certificación original de las horas de supervisión firmada por el psicoterapeuta o arteterapeuta acreditado (original), en el que figure el número de horas:

a) Se considera una acreditación de un mínimo de 20 horas de supervisión certificadas por un psicoterapeuta o psicoanalista acreditado.

b) La supervisión de la práctica profesional habrá de realizarse con arteterapeutas o psicoterapeutas expertos y pertenecientes a asociaciones debidamente acreditadas. La FEAPA podrá establecer unos criterios mínimos que deberán reunir los supervisores.

¿Puedo acreditarme si no tengo título universitario de arteterapia?

En caso de no cumplir con los criterios mínimos de acreditación establecidos por la Federación, el Artículo 19 Punto 2.5 dice lo siguiente:

Para todas aquellas personas que no cumplan los requisitos del artículo 19.2 de los Estatutos, existirá una vía excepcional de homologación y única para cada expediente. En ella se incluirán a los profesionales que por su formación y trayectoria acrediten capacitación profesional suficiente o hayan cursado estudios en un postgrado con carácter de Máster matriculados hasta el 2009. A tal efecto las asociaciones miembro evaluarán los distintos casos siguiendo las recomendaciones y ratificación de Feapa.

Si eres un/a profesional de meritoria trayectoria como arteterapeuta pero no cumples con todos los requisitos estipulados en el artículo 19, entrega la documentación necesaria a tu asociación y solicita la homologación.

 

¿Puedo acreditarme si no me he formado en una de las formaciones acreditadas por FEAPA?

Si la formación que realizaste cumple con los criterios mínimos establecidos por la Feapa y la asociación a la que perteneces es miembro FEAPA podrás acceder al mismo proceso de acreditación u homologación.

 

¿En qué me beneficia la acreditación FEAPA?

La acreditación FEAPA es un reconocimiento de la calidad de tu formación de Máster en Arteterapia y avala tu ejercicio profesional, certificando que cumples con los criterios que garantizan la ética y la rigurosidad del ejercicio profesional, establecidos por la FEAPA.

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